AUTOR: WILMER J. VASQUEZ.
En estos tiempos de pandemia
donde nos toco vivir, con un gobierno de transición hacia la democracia. Esa
democracia sin tabúes, sin trampas, sin fraude, una democracia de las mayorías,
una democracia que le costo al pueblo Boliviano parar durante 21 días, y
peregrinar varios años incluso SIN JUSTICIA, ahora una senadora, seria que esté
al frente de la presidencia del estado
( Jeanine Añez), no podemos negar
que la ciudadanía eso era lo que esperaba, pero resulto ser MAS de lo mismo en
poco tiempo, paso de manos de una persona, a el interés político de un partido político(DEMOCRATAS
4%), ahora hay que recordar lo peor ya que unos días atrás estaba lo que se
denomina el BOZAL de la cuarentena con varios decretos que querían PENALIZAR el opinar diferente(DS.4231), ASI TAMBIEN A LOS QUE SALIAN A BUSCAR ALIMENTOS SENTENCIADOS... y este último iba con un sazón diferente, ese que
se le denomina ARTISTA..! ni el artista podía decir nada porque también el telón
se había cerrado en el escenario de la vida, pues este tenia que ser condenado
por atentar contra la salud, donde el decreto se convirtió en concepto , ley,
interpretación etc. Una aberración para el estado de derecho donde los colegios de
abogados de cada departamento brillaban
por su ausencia a tan magnitud del caso, pero en estas líneas quiero
entrar a conceptualizar la legitimidad de este gobierno que no existe, y la
mala interpretación de la ley, que apoyamos para que este llame a elecciones ( supuesta legalidad),
pero bien dice ese refrán dale la mano y querrán agarrarte del codo, estos se
postularon hacia la presidencia, a sabienda que por eso luchaba el ciudadano no ser juez y parte, ser presidente y candidato, destrozaron las esperanzas de un pueblo que
lucho en las calles, ocasionando en esta emergencia mundial varios muertes, NO
de coronavirus precisamente si no de hambre, y en la miseria, y de la crónica de una muerte anunciada de la
economía nacional, y con un sazón de COMPRA DE RESPIRADORES que es el colmo, la
gota que derramo el vaso, que demuestra la corrupción a costa de la vida de los Bolivianos en plena pandemia.
¿Qué es lo contrario a
democracia? De lo bello es feo, del bien es el mal, y de la democracia es AUTORITARISMO,
DICTADURA, o similares, pero
resulto el remedio ser peor que la enfermedad, es en unas cuantas palabras entraremos a saber
que es la legitimidad, legalidad, democracia y la corrupción que trae la pandemia,
posteriormente tocar unas elecciones atípicas a punto de desarrollarse en
Bolivia.
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De este
tiempo a esta parte Bolivia ha perdido la memoria de lo que dice la
constitución en su art. 7 la soberanía reside en el pueblo boliviano se ejerce
de forma directa y delegada. De ella emanan por delegación, las funciones y
atribuciones de los órganos del poder público, es inalienable e
imprescriptible.
El término legitimidad (y sus derivados: legítimo(a))
se utiliza en la teoria del derecho en la ciencia politica y en la filosofia politica para definir la cualidad
de ser conforme a un mandato legal, después de elecciones
transparentes.
¿Qué es legitimidad? La palabra legitimidad esta muy
ligada a la democracia no se puede concebir una legitimidad sin haber pasado
por las urnas, esto en sencillo quiere decir que no se puede tener soberanía,
poder publico, sin legitimidad.
Asi lo manifiesta Giovanni Sartori: “el poder es del
pueblo” se establece una concepción sobre las fuentes y sobre la legitimidad
del poder. Para este efecto, democracia quiere decir que el poder es legitimo
solo cuando su investidura viene de abajo, solo si emana de la voluntad
popular, lo cual significa en concreto, si es y en cuanto libremente consentido ( SARTORI,
giovanni pág. 43).
Esto quiere decir de que nuestro actual gobierno carece
de legitimidad, ya que no es electo, no paso por las urnas, por la democracia, el
mandato de las mayorías, ya que su partido en las ultimas elecciones saco solo
el 4%, el cual deja mucho que desear en las actitudes de estos señores con los
que gobierna una senadora que por sucesión constitucional se encuentra
ejerciendo la presidencia para una sola misión de llevarnos a elecciones
transparentes, todo anduvo bien hasta la postulación y ya de entrada suena al
anterior gobierno, y peor aun con la prepotencia de los ministros que ella
designo sin tener legalidad ni legitimidad concreta, hacen y desatan con la
autoridad que nadie les dio.
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En el ámbito jurídico es claro la constitución desde
sus principios y su coluna vertebral ya que la constitución es la madre de las
leyes y esta nace para hacer respetar el derecho de todos los bolivianos, sin discriminación
alguna ya que todos somos iguales ante la ley, es por esa razón máxima que
tiene que tener en consideración todos los bolivianos sin excepción, ¿Qué es la
constitución? Muchos autores han hecho esa pregunta constante, y la han
definido de diferentes maneras con un pilar fundamental no vulnerar derechos
fundamentales y derechos humanos.
por su parte, héller-continua
Lucas Verdu- aborda el estudio de la constitución al final de su teoría del
estado, estudiando “la constitución política como una realidad social” “La constitución
jurídica destacada” es decir en sentido normativo jurídico destacado de la
realidad social, no una estructura social conformada por normas, si no una
estructura normativa de sentido (ADIA, Juan ferrando)
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El art. 232 de la CPE, instituye el principio de
LEGALIDAD como pilar del Estado de derecho y el principio de sometimiento de
los poderes al orden constitucional y las leyes, constituyéndose en una
manifestación del principio general de imperio de la ley, según el cual todos
(gobernantes y gobernados), se encuentran sujetos a la ley y únicamente en
virtud de ella adquieren legitimidad sus actuaciones, fundamentándose sobre el
mismo la jurisdicción ordinaria (art. 180.I de la CPE) y el ámbito
administrativo.
Ahora bien en el ámbito administrativo, la SCP
0342/2016-S1 de 16 de marzo, asumiendo el entendimiento de la SC 1464/2004-R de
13 de septiembre, refirió que: “…El principio de legalidad en el ámbito
administrativo, implica el sometimiento de la Administración al derecho, para
garantizar la situación jurídica de los particulares frente a la actividad
administrativa; en consecuencia, las autoridades administrativas deben actuar
en sujeción a la Constitución, a la ley y al derecho, dentro de las facultades que
les están atribuidas y de acuerdo a los fines que les fueron conferidos. Este
principio está reconocido en el art. 4 inc. c) de la Ley de Procedimiento
Administrativo (LPA) que señala: 'La Administración Pública regirá sus actos
con sometimiento pleno a la ley, asegurando a los administrados el debido
proceso'; esto implica, además, que los actos de la Administración pueden
ser objeto de control judicial (vía contenciosa administrativa), como lo
reconoce el art. 4 inc. i) de la LPA, al establecer que 'El Poder Judicial,
controla la actividad de la Administración Pública conforme a la Constitución
Política del Estado y las normas legales aplicables'”. Complementando este
entendimiento la DCP 0009/2015 de 14 de enero, señaló que:
“De acuerdo al art. 232 de la CPE, menciona que, la
administración pública se rige entre otros principios, por el principio de
legalidad o sometimiento pleno a la ley, que en el marco del art. 4 inc. c) de
la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), implica que aquélla rige sus actos
con sometimiento pleno a la ley, asegurando a los administrados el debido
proceso.
En esta línea el inciso g), del artículo
precedentemente citado, define al principio de legalidad y presunción de
legitimidad como aquel entendimiento por el cual las ‘actuaciones de la
Administración Pública por estar sometidas plenamente a la Ley, se presumen
legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario’”
(sentencia
constitucional).
Esta jurisprudencia nos habla sobre la presunción de
legitimidad, una legitimidad que también puede ser modificada con un recurso de
incosntitucionalidad, que puede alinear nuevamente nuestra jurisprudencia
boliviana.
En este tiempo de pandemia de
Covid-19, muchos funcionarios públicos están tomando ventajas y aprovechando de
su poder. Presento dos ejemplos para la reflexión.
El primero es utilizar los
aviones del Fuerza Aérea Boliviana (FAB) para llevar amigos y funcionarios
públicos electos que no pueden caminar, a cumpleaños o entregas de material
necesario para la contención del contagio de Covid-19, que quizás valen menos
que todo el viaje realizado.
El segundo ejemplo es el de los viajeros bolivianos que llegaron de
Estados Unidos, primero a Santa Cruz. Primero, ellos fueron obligados a
observar una cuarentena de 14 días en un hotel de cinco estrellas, donde una
botella de agua pequeña, de medio litro, costaba 15 bolivianos. Una persona
debe consumir dos litros de agua y esto le costaría 60 bolivianos diarios en
ese hotel.
Después de que la aerolínea
Boliviana de Aviación (BoA) aceptó públicamente que rompió los protocolos
sanitarios de viaje, al aceptar que ingresen personas con y sin prueba de
diagnóstico de Covid-19 al avión, BoA debería haber pagado los siete días
extras de las personas que sí se realizaron el test, pero el hotel obligó a los
pasajeros a pagar la estadía y los consumos de alimentos y bebidas.
Y hay más aún, el día que les
tocaba realizar su viaje hacia las ciudades de sus destinos finales, un
funcionario público les dijo que debían realizarse otra prueba más de
diagnóstico de Covid-19 en la clínica Foianini, donde el costo de ese test es
de 140 dólares. Muchos no quisieron someterse al test en esa clínica privada,
por su elevado costo, puesto que podían acudir a un centro de salud público que
realiza las pruebas de forma gratuita. Pero el funcionario indicó que no se les
otorgaría el alta de cuarentena si no tenían la prueba de 1440 dólares de la clínica
privada. Eso, a pesar de que se había prohibido derivar a personas tratadas en
el marco de la pandemia del nuevo coronavirus a centros de salud privados.
¿Es normal elegir un hotel de la
categoría más cara para una cuarentena obligatoria? ¿Es correcto que un
funcionario público obligue a los pasajeros a tomarse la prueba de diagnóstico
de Covid-19 en una clínica privada? ¿Es aceptable que la línea aérea estatal no
aplique el protocolo sanitario obligatorio para viajes y los pasajeros tengan
que pagar las consecuencias? Lastimosamente esto pasa en Bolivia. En estos
tiempos de pandemia de Covid-19 muchos están tomando ventaja de sus funciones,
seguramente para su beneficio personal. Y eso es corrupción. (CÓRDOVA ,
2020)
Así también en estos últimos días
la compra de respiradores y el escandaloso precio y que en España el gerente
que vende esos aparatos solamente se limito a decir que havia un producto (respirador
mejor que el que obtuvo Bolivia)
El periódico La Razón dijo en su
edición en línea este martes que el gobierno había pagado 27.683 dólares por
cada respirador, a pesar de que la empresa fabricante española GPA Innova los
ofrece entre 9.500 euros y 11.000 euros (10.312 dólares a 11.941 dólares).
Es así que el gobierno interino
que solamente está ahí para administrar unas elecciones, metió las uñas, y se
desenmascaro totalmente ya que lo hacen en medio de un confinamiento a las
personas, donde van ha necesitar respiradores compran a un sobreprecio del 500
% esto no se da ni en las peor historia de nuestra amada Bolivia, que se tenga
que agarrar a los culpables se tiene que agarrar pero el gobierno muestra
signos de responsabilidad ineludibles por tanto la justicia tendrá que actuar rápidamente.
La legitimidad en tiempos de pandemia causa graves cuestionantes
para la población boliviana y la legalidad con la que fue promovida, pero existe
jurisprudencia sobre casos análogos que nos suscitaron en anteriores gobiernos
(declaración constitucional 0003/01 de 31 de julio de 2001”.) esto quiere decir que el gobierno
transitorio tiene la obligación de legitimidad, y legalidad SOLO para una misión
que es de llevar a cabo una elección transparente el cual este gobierno tenga
la facultad y potestad con las amplias normativas, principios, que puedan
cumplirse esta única misión ya que perdería el norte en cuestión de POLÍTICAS
DE ESTADO para el país.
políticas que no deben modificarse por mas que este un
personaje de izquierda o de derecha, estos tienen que ser la columna vertebral
de cualquiera que tome el mando del país, ya que este nos da un objetivo común para
todos los bolivianos, y no entremos a improvisar a un gobierno democrático que
debe entender que no están jugando con objetos, muñecos, juguetes, si no con
personas que tienen derecho a una vida con futuro estable y con ciudadanos
comprometidos por esa política de estado donde no se puede admitir ningún tipo
de personas que puedan objetar a la viveza criolla, esa viveza que esta
impregnada hace mucho tiempo en Bolivia y tiene que ser erradicada, esta es una
misión nuestra y de nuestras futuras generaciones, utilizar legitimidad que no
nos corresponde y aprovecharse para legalizar lo ilegal, propio de lo contrario
a la democracia, si la dictadura y autoritarismo en su esplendor en Bolivia,
una copia de sus socios masistas.
La dictadura, lo mismo lo mismo que el acto de la
legitima defensa, es siempre no solo acción, si no tambien contra-accion. Presupone
por ello, que el adversario no se atiende a las normas jurídicas que el
DICTADOR reconoce como el fundamento jurídico que da la medida de su acción. (SCHMITT,
1985 pág. 181)
Hemos heredado una mentalidad de usar la constitución e
interpretarla como le venga en gana al que está en el poder, así no solo
vulnerando el derecho a la seguridad jurídica constitucional, vulnerando la política
de estado que se construyó hace muchos años, que no está escrito pero que es
parte de la evolución del mismo estado, no podemos retroceder, porque esta sería
un atentado contra nuestros hijos, así también al futuro de nuestro país que
tanto amamos.
BADIA, Juan ferrando. 1992. Teoria de la constitucion. Valencia
España : TIRANT LO BLANCH, 1992. 8480020571.
CÓRDOVA , KATHYA .
2020. la corrupcion en pandemia. la
corrupcion en pandemia. 2020.
FRANCO ZAMORA,
paul. 2019. SENTENCIA
CONSTITUCIONAL DE BOLIVIA. SUCRE-BOLIVIA : JURISPRUDENCIA DE BOLIVIA
0049/2019, 2019. 0049/2019.
SARTORI, giovanni
. 2003. que es la democracia. madrid
españa : santillana ediciones generales, s. l., 2003.
SCHMITT, carl.
1985. La dictadura. Madrid
España : Alianza editorial S.A., 1985. 8420629278.
SARTORI, giovanni . 2003. que es la democracia. madrid españa :
santillana ediciones generales, s. l., 2003.
SCHMITT, carl.
1985. La dictadura. Madrid
España : Alianza editorial S.A., 1985. 8420629278.
BADIA, Juan ferrando. Teoria de la constitucion. Valencia
España : TIRANT LO BLANCH, 1992. 8480020571.
SCHMITT, carl. 1985. La dictadura. Madrid España : Alianza editorial S.A., 1985.
8420629278.