AUTOR MSC. WILMERJ. VASQUEZ.
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martes, 26 de mayo de 2020
ANALISIS DE LOS MEDIOS DE COMINICACION Y SU ROL EN PANDEMIA BOLIVIA, CORRUPCION.
AUTOR MSC. WILMERJ. VASQUEZ.
lunes, 25 de mayo de 2020
¿CAE O SE MANTIENE? EL GOBIERNO EN SU PEOR CRISIS
¿CAE O SE MANTIENE? EL GOBIERNO EN SU PEOR CRISIS
POLITOLOGO-ABOGADO
martes, 19 de mayo de 2020
LEGITIMIDAD DEL GOBIERNO BOLIVIANO EN TIEMPO DE PANDEMIA, LEGALIDAD, DEMOCRACIA Y CORRUPCION
1.INTRODUCCION
En estos tiempos de pandemia donde nos toco vivir, con un gobierno de transición hacia la democracia. Esa democracia sin tabúes, sin trampas, sin fraude, una democracia de las mayorías, una democracia que le costo al pueblo Boliviano parar durante 21 días, y peregrinar varios años incluso SIN JUSTICIA, ahora una senadora, seria que esté al frente de la presidencia del estado ( Jeanine Añez), no podemos negar que la ciudadanía eso era lo que esperaba, pero resulto ser MAS de lo mismo en poco tiempo, paso de manos de una persona, a el interés político de un partido político(DEMOCRATAS 4%), ahora hay que recordar lo peor ya que unos días atrás estaba lo que se denomina el BOZAL de la cuarentena con varios decretos que querían PENALIZAR el opinar diferente(DS.4231), ASI TAMBIEN A LOS QUE SALIAN A BUSCAR ALIMENTOS SENTENCIADOS... y este último iba con un sazón diferente, ese que se le denomina ARTISTA..! ni el artista podía decir nada porque también el telón se había cerrado en el escenario de la vida, pues este tenia que ser condenado por atentar contra la salud, donde el decreto se convirtió en concepto , ley, interpretación etc. Una aberración para el estado de derecho donde los colegios de abogados de cada departamento brillaban por su ausencia a tan magnitud del caso, pero en estas líneas quiero entrar a conceptualizar la legitimidad de este gobierno que no existe, y la mala interpretación de la ley, que apoyamos para que este llame a elecciones ( supuesta legalidad), pero bien dice ese refrán dale la mano y querrán agarrarte del codo, estos se postularon hacia la presidencia, a sabienda que por eso luchaba el ciudadano no ser juez y parte, ser presidente y candidato, destrozaron las esperanzas de un pueblo que lucho en las calles, ocasionando en esta emergencia mundial varios muertes, NO de coronavirus precisamente si no de hambre, y en la miseria, y de la crónica de una muerte anunciada de la economía nacional, y con un sazón de COMPRA DE RESPIRADORES que es el colmo, la gota que derramo el vaso, que demuestra la corrupción a costa de la vida de los Bolivianos en plena pandemia.
¿Qué es lo contrario a
democracia? De lo bello es feo, del bien es el mal, y de la democracia es AUTORITARISMO,
DICTADURA, o similares, pero
resulto el remedio ser peor que la enfermedad, es en unas cuantas palabras entraremos a saber
que es la legitimidad, legalidad, democracia y la corrupción que trae la pandemia,
posteriormente tocar unas elecciones atípicas a punto de desarrollarse en
Bolivia.
1.1.-Legitimidad (política)
2.1. Legitimidad en Bolivia
De este
tiempo a esta parte Bolivia ha perdido la memoria de lo que dice la
constitución en su art. 7 la soberanía reside en el pueblo boliviano se ejerce
de forma directa y delegada. De ella emanan por delegación, las funciones y
atribuciones de los órganos del poder público, es inalienable e
imprescriptible.
El término legitimidad (y sus derivados: legítimo(a)) se utiliza en la teoria del derecho en la ciencia politica y en la filosofia politica para definir la cualidad de ser conforme a un mandato legal, después de elecciones transparentes.
¿Qué es legitimidad? La palabra legitimidad esta muy ligada a la democracia no se puede concebir una legitimidad sin haber pasado por las urnas, esto en sencillo quiere decir que no se puede tener soberanía, poder publico, sin legitimidad.
Asi lo manifiesta Giovanni Sartori: “el poder es del pueblo” se establece una concepción sobre las fuentes y sobre la legitimidad del poder. Para este efecto, democracia quiere decir que el poder es legitimo solo cuando su investidura viene de abajo, solo si emana de la voluntad popular, lo cual significa en concreto, si es y en cuanto libremente consentido ( SARTORI, giovanni pág. 43)[1].
Esto quiere decir de que nuestro actual gobierno carece de legitimidad, ya que no es electo, no paso por las urnas, por la democracia, el mandato de las mayorías, ya que su partido en las ultimas elecciones saco solo el 4%, el cual deja mucho que desear en las actitudes de estos señores con los que gobierna una senadora que por sucesión constitucional se encuentra ejerciendo la presidencia para una sola misión de llevarnos a elecciones transparentes, todo anduvo bien hasta la postulación y ya de entrada suena al anterior gobierno, y peor aun con la prepotencia de los ministros que ella designo sin tener legalidad ni legitimidad concreta, hacen y desatan con la autoridad que nadie les dio.
2.Legitimidad en términos jurídicos
3.1. la ciencias jurídicas.
En el ámbito jurídico es claro la constitución desde sus principios y su coluna vertebral ya que la constitución es la madre de las leyes y esta nace para hacer respetar el derecho de todos los bolivianos, sin discriminación alguna ya que todos somos iguales ante la ley, es por esa razón máxima que tiene que tener en consideración todos los bolivianos sin excepción, ¿Qué es la constitución? Muchos autores han hecho esa pregunta constante, y la han definido de diferentes maneras con un pilar fundamental no vulnerar derechos fundamentales y derechos humanos.
por su parte, héller-continua Lucas Verdu- aborda el estudio de la constitución al final de su teoría del estado, estudiando “la constitución política como una realidad social” “La constitución jurídica destacada” es decir en sentido normativo jurídico destacado de la realidad social, no una estructura social conformada por normas, si no una estructura normativa de sentido (ADIA, Juan ferrando) [2]
3.Jurisprudencia Boliviana sobre legalidad y legitimidad
1.
2.
3.
4.
4.1. El principio de legalidad en la administración pública
El art. 232 de la CPE, instituye el principio de LEGALIDAD como pilar del Estado de derecho y el principio de sometimiento de los poderes al orden constitucional y las leyes, constituyéndose en una manifestación del principio general de imperio de la ley, según el cual todos (gobernantes y gobernados), se encuentran sujetos a la ley y únicamente en virtud de ella adquieren legitimidad sus actuaciones, fundamentándose sobre el mismo la jurisdicción ordinaria (art. 180.I de la CPE) y el ámbito administrativo.
Ahora bien en el ámbito administrativo, la SCP 0342/2016-S1 de 16 de marzo, asumiendo el entendimiento de la SC 1464/2004-R de 13 de septiembre, refirió que: “…El principio de legalidad en el ámbito administrativo, implica el sometimiento de la Administración al derecho, para garantizar la situación jurídica de los particulares frente a la actividad administrativa; en consecuencia, las autoridades administrativas deben actuar en sujeción a la Constitución, a la ley y al derecho, dentro de las facultades que les están atribuidas y de acuerdo a los fines que les fueron conferidos. Este principio está reconocido en el art. 4 inc. c) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) que señala: 'La Administración Pública regirá sus actos con sometimiento pleno a la ley, asegurando a los administrados el debido proceso'; esto implica, además, que los actos de la Administración pueden ser objeto de control judicial (vía contenciosa administrativa), como lo reconoce el art. 4 inc. i) de la LPA, al establecer que 'El Poder Judicial, controla la actividad de la Administración Pública conforme a la Constitución Política del Estado y las normas legales aplicables'”. Complementando este entendimiento la DCP 0009/2015 de 14 de enero, señaló que:
“De acuerdo al art. 232 de la CPE, menciona que, la administración pública se rige entre otros principios, por el principio de legalidad o sometimiento pleno a la ley, que en el marco del art. 4 inc. c) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), implica que aquélla rige sus actos con sometimiento pleno a la ley, asegurando a los administrados el debido proceso.
En esta línea el inciso g), del artículo precedentemente citado, define al principio de legalidad y presunción de legitimidad como aquel entendimiento por el cual las ‘actuaciones de la Administración Pública por estar sometidas plenamente a la Ley, se presumen legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario’” (sentencia constitucional)[3].
Esta jurisprudencia nos habla sobre la presunción de legitimidad, una legitimidad que también puede ser modificada con un recurso de incosntitucionalidad, que puede alinear nuevamente nuestra jurisprudencia boliviana.
4.Corrupcion en tiempo de pandemia en Bolivia.
En este tiempo de pandemia de Covid-19, muchos funcionarios públicos están tomando ventajas y aprovechando de su poder. Presento dos ejemplos para la reflexión.
El primero es utilizar los aviones del Fuerza Aérea Boliviana (FAB) para llevar amigos y funcionarios públicos electos que no pueden caminar, a cumpleaños o entregas de material necesario para la contención del contagio de Covid-19, que quizás valen menos que todo el viaje realizado.
El segundo ejemplo es el de los viajeros bolivianos que llegaron de Estados Unidos, primero a Santa Cruz. Primero, ellos fueron obligados a observar una cuarentena de 14 días en un hotel de cinco estrellas, donde una botella de agua pequeña, de medio litro, costaba 15 bolivianos. Una persona debe consumir dos litros de agua y esto le costaría 60 bolivianos diarios en ese hotel.
Después de que la aerolínea Boliviana de Aviación (BoA) aceptó públicamente que rompió los protocolos sanitarios de viaje, al aceptar que ingresen personas con y sin prueba de diagnóstico de Covid-19 al avión, BoA debería haber pagado los siete días extras de las personas que sí se realizaron el test, pero el hotel obligó a los pasajeros a pagar la estadía y los consumos de alimentos y bebidas.
Y hay más aún, el día que les tocaba realizar su viaje hacia las ciudades de sus destinos finales, un funcionario público les dijo que debían realizarse otra prueba más de diagnóstico de Covid-19 en la clínica Foianini, donde el costo de ese test es de 140 dólares. Muchos no quisieron someterse al test en esa clínica privada, por su elevado costo, puesto que podían acudir a un centro de salud público que realiza las pruebas de forma gratuita. Pero el funcionario indicó que no se les otorgaría el alta de cuarentena si no tenían la prueba de 1440 dólares de la clínica privada. Eso, a pesar de que se había prohibido derivar a personas tratadas en el marco de la pandemia del nuevo coronavirus a centros de salud privados.
¿Es normal elegir un hotel de la categoría más cara para una cuarentena obligatoria? ¿Es correcto que un funcionario público obligue a los pasajeros a tomarse la prueba de diagnóstico de Covid-19 en una clínica privada? ¿Es aceptable que la línea aérea estatal no aplique el protocolo sanitario obligatorio para viajes y los pasajeros tengan que pagar las consecuencias? Lastimosamente esto pasa en Bolivia. En estos tiempos de pandemia de Covid-19 muchos están tomando ventaja de sus funciones, seguramente para su beneficio personal. Y eso es corrupción. (CÓRDOVA , 2020)[4]
Así también en estos últimos días la compra de respiradores y el escandaloso precio y que en España el gerente que vende esos aparatos solamente se limito a decir que havia un producto (respirador mejor que el que obtuvo Bolivia)
El periódico La Razón dijo en su edición en línea este martes que el gobierno había pagado 27.683 dólares por cada respirador, a pesar de que la empresa fabricante española GPA Innova los ofrece entre 9.500 euros y 11.000 euros (10.312 dólares a 11.941 dólares).
Es así que el gobierno interino que solamente está ahí para administrar unas elecciones, metió las uñas, y se desenmascaro totalmente ya que lo hacen en medio de un confinamiento a las personas, donde van ha necesitar respiradores compran a un sobreprecio del 500 % esto no se da ni en las peor historia de nuestra amada Bolivia, que se tenga que agarrar a los culpables se tiene que agarrar pero el gobierno muestra signos de responsabilidad ineludibles por tanto la justicia tendrá que actuar rápidamente.
5.Legitimidad, legalidad, democracia, corrupcion en tiempos de pandemia.
La legitimidad en tiempos de pandemia causa graves cuestionantes para la población boliviana y la legalidad con la que fue promovida, pero existe jurisprudencia sobre casos análogos que nos suscitaron en anteriores gobiernos (declaración constitucional 0003/01 de 31 de julio de 2001”.) esto quiere decir que el gobierno transitorio tiene la obligación de legitimidad, y legalidad SOLO para una misión que es de llevar a cabo una elección transparente el cual este gobierno tenga la facultad y potestad con las amplias normativas, principios, que puedan cumplirse esta única misión ya que perdería el norte en cuestión de POLÍTICAS DE ESTADO para el país.
políticas que no deben modificarse por mas que este un personaje de izquierda o de derecha, estos tienen que ser la columna vertebral de cualquiera que tome el mando del país, ya que este nos da un objetivo común para todos los bolivianos, y no entremos a improvisar a un gobierno democrático que debe entender que no están jugando con objetos, muñecos, juguetes, si no con personas que tienen derecho a una vida con futuro estable y con ciudadanos comprometidos por esa política de estado donde no se puede admitir ningún tipo de personas que puedan objetar a la viveza criolla, esa viveza que esta impregnada hace mucho tiempo en Bolivia y tiene que ser erradicada, esta es una misión nuestra y de nuestras futuras generaciones, utilizar legitimidad que no nos corresponde y aprovecharse para legalizar lo ilegal, propio de lo contrario a la democracia, si la dictadura y autoritarismo en su esplendor en Bolivia, una copia de sus socios masistas.
La dictadura, lo mismo lo mismo que el acto de la legitima defensa, es siempre no solo acción, si no tambien contra-accion. Presupone por ello, que el adversario no se atiende a las normas jurídicas que el DICTADOR reconoce como el fundamento jurídico que da la medida de su acción. (SCHMITT, 1985 pág. 181)[5]
Hemos heredado una mentalidad de usar la constitución e interpretarla como le venga en gana al que está en el poder, así no solo vulnerando el derecho a la seguridad jurídica constitucional, vulnerando la política de estado que se construyó hace muchos años, que no está escrito pero que es parte de la evolución del mismo estado, no podemos retroceder, porque esta sería un atentado contra nuestros hijos, así también al futuro de nuestro país que tanto amamos.
6.Bibliografía
BADIA, Juan ferrando. 1992. Teoria de la constitucion. Valencia España : TIRANT LO BLANCH, 1992. 8480020571.
CÓRDOVA , KATHYA . 2020. la corrupcion en pandemia. la corrupcion en pandemia. 2020.
FRANCO ZAMORA, paul. 2019. SENTENCIA CONSTITUCIONAL DE BOLIVIA. SUCRE-BOLIVIA : JURISPRUDENCIA DE BOLIVIA 0049/2019, 2019. 0049/2019.
SARTORI, giovanni . 2003. que es la democracia. madrid españa : santillana ediciones generales, s. l., 2003.
SCHMITT, carl. 1985. La dictadura. Madrid España : Alianza editorial S.A., 1985. 8420629278.
[1] SARTORI, giovanni . 2003. que es la democracia. madrid españa : santillana ediciones generales, s. l., 2003.
SCHMITT, carl. 1985. La dictadura. Madrid España : Alianza editorial S.A., 1985. 8420629278.
[2] BADIA, Juan ferrando. Teoria de la constitucion. Valencia España : TIRANT LO BLANCH, 1992. 8480020571.
[3] SENTENCIA CONSTITUCIONAL DE BOLIVIA. SUCRE-BOLIVIA : JURISPRUDENCIA DE BOLIVIA 0049/2019
[4] CORDOBA, Periódico la estrella Bolivia, Pandemia y corrupción.
[5] SCHMITT, carl. 1985. La dictadura. Madrid España : Alianza editorial S.A., 1985. 8420629278.
